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El Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural de Cataluña ha publicado la resolución por la que se fijan las especies objeto de aprovechamiento cinegético, los periodos hábiles de caza y las vedas especiales para la temporada 2024-2025.

En la norma se indica que se excluye la tórtola europea del aprovechamiento cinegético durante la temporada 2024- 2025, así como el porrón común y el porrón moñudo, mientras que el pato cuchara, el pato colorado, el ánade friso, el ánade silbón y el ánade rabudo sólo podrán ser objeto de aprovechamiento cinegético en Les Terres de l’Ebre.

Por su parte, la agachadiza común sólo podrá ser objeto de aprovechamiento cinegético en Les Terres de l’Ebre y en las áreas privadas de caza de la comarca de El Baix Empordà indicadas en esta resolución.

Caza menor
  • Caza menor en general: entre el segundo domingo de octubre de 2024 (día 13) y el primer domingo de febrero de 2025 (día 2), ambos incluidos.
  • El periodo hábil de caza de la perdiz roja es el comprendido entre el segundo domingo de octubre de 2024 (día 13) y el primer domingo de enero de 2025 (día 5), ambos incluidos.
  • Perdiz pardilla subespecie ibérica: del segundo domingo de octubre de 2024 (día 13) y el cuarto domingo de diciembre de 2024 (día 22), ambos incluidos.
  • El periodo hábil de caza de la focha común es el comprendido entre el segundo domingo de octubre de 2024 (día 13) y el cuarto domingo de febrero de 2025 (día 23), ambos incluidos.
  • Zorro: primer domingo de septiembre de 2024 (día 1) y el último domingo de marzo de 2025 (día 30), ambos incluidos.
  • Paloma torcaz  en pasos tradicionales, en las comarcas de Tarragona y en las de Les Terres de l’Ebre, en que puede cazarse desde puestos fijos: entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre, ambos incluidos, sin limitación de días hábiles, en determinados lugares (ver resolución).
  • El periodo hábil de caza del zorzal común y del zorzal alirrojo es el comprendido entre el segundo domingo de octubre de 2024 (día 13) y el segundo domingo de febrero de 2025 (día 16), ambos incluidos.
  • Zorzal charlo: segundo domingo de octubre de 2024 (día 13) y el 31 de enero de 2025, ambos incluidos.
  • El período hábil de caza de la agachadiza común es entre el segundo domingo de octubre de 2024 (día 13) y el tercer domingo de febrero de 2025 (día 16), ambos incluidos, y sólo en los terrenos donde esté autorizada su caza.
Media veda

La caza en el periodo de media veda sólo se puede practicar en los terrenos cinegéticos de régimen especial que lo tengan aprobado en su PTGC.

En Catalunya los días hábiles para la caza de las especies codorniz, paloma torcaz, urraca y estornino vulgar son el 25 de agosto y el 1, 8 y 15 de setiembre, exceptuando la demarcación del Lleida y las comarcas de la Cerdanya y el Solsonès que son los jueves, sábados, domingos y festivos dentro del periodo comprendido entre el 21 de agosto al 10 de setiembre, ambos incluidos.

Para la especie paloma bravía, incluidas las variedades domésticas y híbridas, los días hábiles en Catalunya son el 1 y 8 de setiembre, exceptuando la demarcación de Lleida y las comarcas de la Cerdanya y el Solsonès que son los jueves, sábados, domingos y festivos dentro del periodo comprendido entre el 1 y el 10 de setiembre, ambos incluidos.

Cetrería

El periodo hábil para la práctica de la cetrería es el comprendido entre el segundo domingo de octubre de 2024 (día 13) y el cuarto domingo de febrero de 2024 (día 23), ambos incluidos.

 

Caza mayor 

Caza mayor en general: los periodos hábiles de caza mayor en las reservas nacionales de caza, reservas de caza y zonas de caza controlada son los que indiquen los respectivos planes técnicos de gestión cinegética (PTGC) anuales. Para el resto de terrenos, áreas privadas y locales de caza, los periodos hábiles de caza mayor son los siguientes:

  • Jabalí, el muflón y el gamo: primer domingo de septiembre de 2024 (día 1) y el último domingo de marzo de 2025 (día 30), ambos incluidos.
  • El periodo hábil de caza de la cabra montés subespecie ibérica es el comprendido entre el segundo domingo de octubre de 2024 (día 13) y el 6 de enero de 2025, ambos incluidos y para ambos sexos, y entre el 1 de marzo de 2025 y el 31 de mayo de 2025, ambos incluidos y exclusivamente para machos.
  • Rebeco: segundo domingo de octubre de 202 (día 13) y el 31 de enero de 2025, ambos incluidos y para ambos sexos, y entre el 1 de marzo de 2025 y el 15 de mayo de 2025, ambos incluidos y exclusivamente para machos.
  • Ciervo: segundo domingo de septiembre de 2023 (día 10) y el segundo domingo de octubre de 2024 (día 13), ambos incluidos y exclusivamente para machos y con el método de aguardo o rececho, y entre el 14 de octubre de 2024 y el cuarto domingo de febrero de 2025 (día 23), ambos incluidos y para ambos sexos y con cualquier método.
  • Corzo: del primer domingo de abril de 2024 (día 8) y el tercer domingo de agosto de 2024 (día 18), exclusivamente para machos y con los métodos de aguardo o rececho; entre el primer domingo de septiembre de 2024 (día 1) y el último domingo de noviembre de 2024 (día 24), ambos sexos y con cualquier método; y entre el primer domingo de enero de 2025 (día 5) y el último domingo de marzo de 2025 (día 30), exclusivamente para hembras y con cualquier método.

 

Puedes ver la resolución completa en este enlace.

Fuente: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña