La Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Castilla-La Mancha ha publicado en su Diario Oficial, DOCM, la orden de vedas para el periodo cinegético 2022/2023: Orden 101/2022, de 23 de mayo, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se fijan los períodos hábiles de caza y las vedas aplicables con carácter general a todo el territorio de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha para la temporada cinegética 2022-2023. En este documento se señalan los periodos hábiles para la práctica de la caza en la comunidad, muy similares a los de la temporada anterior.
La actividad cinegética tiene una gran importancia en Castilla la Mancha, no limitándose al mero carácter deportivo o de ocio, sino que genera actividad empresarial y tiene una enorme influencia en la socioeconomía castellanomanchega.
Según los datos de la Administración, la actividad cinegética genera más de 6.500 empleos fijos en puestos directos de trabajo, crianza y aprovechamiento de especies cazables, con alrededor de 1.700.000 jornales anuales.
La facturación anua, en cálculos aproximados, se acerca a los 600 millones de euros.
ORDEN DE VEDAS: Periodos hábiles de caza.
1. CAZA MENOR
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MAMÍFEROS Y AVES NO MIGRATORIAS
Del 8 de octubre al 8 de febrero, ambos inclusive. A excepción de la modalidad de perdiz con reclamo y las especies zorro y urraca, que se ajustarán a sus propios periodos.
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AVES MIGRATORIAS NO ACUATICAS
Del 8 de octubre al 31 de enero, ambos inclusive.
- Paloma torcaz: caza en lugares de parada desde puesto fijo, pudiéndose emplear cimbeles naturales o artificiales permitidos.
- Becada: exclusivamente en las modalidades en mano y al salto con un cupo máximo de tres piezas por cazador y día, salvo que en la resolución aprobatoria del plan de ordenación cinegética, se establezca uno inferior en cuyo caso se estará a lo que prevea dicha resolución.
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AVES MIGRATORIAS ACUÁTICAS
Del 15 de octubre hasta el 31 de diciembre, ambos inclusive.
Se establece un cupo máximo de 2 piezas por cazador/día para Ánade friso, Cerceta común y Pato cuchara y un cupo máximo de 5 piezas/cazador/día para Focha común, salvo que en la resolución aprobatoria del plan de ordenación cinegética, se establezca uno inferior en cuyo caso se estará a lo que prevea dicha resolución.
Podrán emplearse en puesto fijo cimbeles naturales o artificiales permitidos.
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PERDIZ ROJA CON RECLAMO
Desde el día 23 de enero hasta el día 5 de marzo, ambos inclusive, en municipios incluidos en las comarcas situados a más de 800 m de altitud, y del 10 de enero al 20 de febrero, ambos inclusive, en municipios situados en las comarcas a menos de 800 m de altitud.
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CETRERÍA
Del 8 de octubre al 8 de febrero, ambos inclusive, en terrenos que expresamente tengan autorizada esta modalidad en la resolución aprobatoria del plan de ordenación cinegética y en aquellos en los que esté autorizada la modalidad de caza menor al salto o en mano.
Durante el periodo hábil para especies de caza menor: Prácticas de adiestramiento con o sin sueltas de escape.
Fuera del periodo hábil: Prácticas de adiestramiento sin sueltas de escape, y con escape únicamente en zonas que hayan sido previamente autorizadas para el adiestramiento de perros.
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MEDIA VEDA
Días hábiles: jueves, sábados, domingos.
- Codorniz: del 20 de agosto al 15 de septiembre, ambos inclusive. En Serranía Alta (CU) y Alcarria Baja (GU) del 27 de agosto al 15 de septiembre, ambos inclusive.
Cupo: 10 codornices/cazador/día en Albacete, Ciudad Real y Toledo.
Cupo: 20 codornices/cazador/día en Cuenca y Guadalajara
- Paloma torcaz y paloma bravía: del 20 de agosto hasta el 21 de septiembre, ambos inclusive.
- Urraca: entre el 20 de agosto y el 21 de septiembre, ambos inclusive.
2. CAZA MAYOR
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CIERVO, GAMO y MUFLÓN
Del 8 de octubre al 21 de febrero, ambos inclusive.
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JABALÍ
Del 8 de octubre al 21 de febrero, ambos inclusive.
Periodo especial: del 22 de febrero a 7 de octubre, ambos inclusive en la modalidad de aguardos o esperas en horario diurno y/o nocturno.
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CORZO
- Corzo macho: desde el 1 al 30 de septiembre y del 1 de abril al 31 de julio (días de apertura y cierre incluidos), en la modalidad de rececho, aguardo o espera en horario diurno. Autorizado hembras si se contempla en el POC aprobado.
- Corzo hembra: Del 1 de diciembre hasta el 21 de febrero, ambos inclusive, en cotos que lo tengan contemplado en la resolución aprobatoria del plan de ordenación cinegética
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CABRA MONTÉS
* Del 15 de octubre al 15 de enero, ambos inclusive, machos y hembras en cotos que lo tengan autorizado en la resolución aprobatoria del plan de ordenación cinegética.
* Del 1 al 31 de marzo sólo machos.
Especies objeto de caza
Caza mayor
Cabra montés, ciervo, corzo, gamo, jabalí y muflón.
Caza menor:
– Mamíferos: conejo, liebre y zorro.
– Aves no migratorias: corneja negra, faisán, paloma bravía, perdiz roja, urraca y zorzal charlo.
– Aves migratorias no acuáticas: avefría, becada, codorniz, común, paloma torcaz, paloma zurita, zorzal alirrojo, zorzal común y zorzal real.
– Aves migratorias acuáticas: ánade real, focha común, pato cuchara, ánade friso, cerceta común.
Especies exóticas objeto de control de poblaciones en Castilla-La Mancha: arruí.