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El DOE de 12 de febrero de 2021 publica la Resolución de 29 de enero de 2021, de la Dirección General de Política Forestal, por la que se modifica la Resolución de 2 de octubre de 2017, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se declara emergencia cinegética, por motivos de protección del medio natural y sanidad animal en e territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

En dicha Resolución se establece la ampliación del período hábil para ciertas modalidades en la temporada 2020/2021. Concretamente afecta a:

* Caza de perdiz en la modalidad de suelta hacia puesto fijo o hacia una línea de escopetas, que abarcará hasta el tercer domingo de marzo, salvo en zonas en las que existan especies catalogadas como amenazadas, en cuyo caso se podrá limitar este período a lo previsto en el plan técnico.

* En los cotos privados con aprovechamiento intensivo, para la caza de la perdiz en las modalidades de ojeo, al salto o en mano y suelta para su inmediato abatimiento, hasta el tercer domingo a abril.

* En cotos de caza mayor (entre los que se encuentran los sociales) que planifiquen acciones colectivas de caza mayor se amplía la fecha para las batidas de jabalí hasta el segundo domingo de marzo. En este período se podrán abatir exclusivamente jabalíes y zorros.

Estas medidas se adoptan como consecuencia de la limitaciones derivadas de la pandemia, que han impedido el normal desarrollo de las acciones programadas. Con esta ampliación del período hábil se pretende controlar las poblaciones de jabalí para evitar daños a la agricultura, ganadería y accidentes de tráfico en meses venideros y, por otro lado, aliviar el stock de aves.

RESOLUCIÓN DE LA JUNTA

Fuente: FEDEXCAZA