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Nota aclaratoria sobre la realización de acciones de control de daños a la agricultura y de riesgos sanitarios en la ganadería por fauna silvestre cinegética en la actual situación de estado de alarma.

 

En el contexto actual en el que se encuentra el estado de alarma, declarado mediante Real Decreto 463/2020, de14 de marzo, para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID -19, se comunica que todas las actuaciones relacionadas con el control de daños y riesgos para la agricultura y la ganadería se llevarán a cabo de acuerdo a las normas propias de la Comunidad Autónoma de Andalucía sobre esta materia, ya vigentes con anterioridad a la declaración del estado de alarma. Las notificaciones, comunicaciones o solicitudes  de las acciones de control deben ser entregadas preferentemente por medios electrónicos, dirigidos  al registro  electrónico, con clara especificación de la Delegación Territorial a la que se dirigen.

Los controles de daños y riesgos, durante  la situación de estado de alarma, deberán realizarse observando todas aquellas medidas preventivas dictadas por las autoridades sanitarias  para  evitar el contagio del covid-19.

El control de daños y riesgos funciona como una herramienta de gestión del medio y de las especies cinegéticas y silvestres para la protección de los cultivos y las explotaciones ganaderas, con la finalidad evitar el riesgo de propagación de enfermedades animales, así como prevenir daños que pueden ocasionarse en las producciones de carácter agropecuario.

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