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La Dirección General de Gestión del Medio Natural ha publicado hoy en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la Resolución por la que se declara el área de emergencia cinegética por sarna sarcóptica en Cabra Montés en varios términos municipales de Almería, Granada, Jaén y Málaga.

Cabra Montés - (Fotografía: Elena Muñoz)

Cabra Montés – (Fotografía: Elena Muñoz)

 

Un año más, la publicación de esta Resolución responde al trabajo conjunto de la Consejería de Medio Ambiente y la Federación Andaluza de Caza, quien continúa trabajando para que se publique lo antes posible la Emergencia Cinegética por daños del conejo.
 
La delimitación del área de emergencia cinegética temporal se corresponde con los términos municipales de las provincias siguientes:
 
– Almería: Almería, Abla, Abrucena, Adra, Alboluduy, Alcolea, Alcóntar, Alhabia, Alhama de Almería, Alicún, Almócita, Alsodux, Bacares, Bayárcal, Bayarque, Beires, Benahadux, Bentarique, Berja, Canjáyar, Castro de Filabres, Dalías, Darrical, Ejido (El), Enix, Felix, Fiñana, Fondón, Gádor, Gergal, Huécija, Huércal de Almería, Illar, Instinción, Laroya, Laujar, Macael, Mojonera (La), Nacimiento, Ohanes, Olula de Castro, Padules, Paterna del Río, Purchena, Rágol, Santa Cruz, Santa Fe de Mondújar, Senés, Serón, Sierro, Suflí, Tahal, Terque, Tres Villas (Las), Velefique y Vícar.
 
– Granada: Albondón, Albuñán, Albuñol, Aldeire, Alfacar, Alicún de Ortega, Almegíjar, Alpujarra de la Sierra, Alquife, Beas de Granada, Beas de Guadix, Bérchules, Bubión, Busquístar, Cádiar, Calahorra (La), Cáñar, Capileira, Carataunas, Cástaras, Castril de la Peña, Cogollos de Guadix, Cogollos Vega, Cortes y Graena, Darro, Deifontes, Diezma, Dílar, Dólar, Dúdar, Dúrcal, Ferreira, Gójar, Gualchos (Los), Güéjar-Sierra, Huéneja, Huéscar, Huétor Santillán, Iznalloz, Jérez del Marquesado, Juviles, Lanjarón, Lanteira, Lecrín, Lobras, Lugros, Lújar, Marchal, Monachil, Motril, Murtas, Nevada, Nigüelas, Nívar, Órgiva, Padul, Pampaneira, Pedro Martínez, Peza (La), Pinos Genil, Polícar, Polopos, Pórtugos, Puebla de don Fabrique (La), Quéntar, Rubite, Soportújar, Sorvilán, Tahá (La), Torvizcón, Trevélez, Turón, Ugíjar, Válor, Vélez de Benaudalla, Villanueva de las Torres, Víznar y Zubia (La).
 
– Jaén: Albanchez de Mágina, Alcaudete, Aldeaquemada, Andújar, Baños de la Encina, Beas de Segura, Bedmar y Garcíez, Bélmez de la Moraleda, Benatae, Cabra del Santo Cristo, Cambil, Campillo de Arenas, Cárcheles, Carolina (La), Castellar, Castillo de Locubín, Cazorla, Chiclana de Segura, Chilluévar, Frailes, Fuensanta de Martos, Hinojares, Hornos de Segura, Huelma, Huesa, Iruela (La), Iznatoraf, Jaén, Jamilena, Jimena, Jódar, Mancha Real, Martos, Montizón, Navas de San Juan, Noalejo, Orcera, Peal de Becerro, Pegalajar, Pozo Alcón, Puerta de Segura (La), Quesada, Santa Elena, Santiago-Pontones, Santisteban del Puerto, Santo Tomé, Segura de la Sierra, Siles, Sorihuela del Guadalimar, Torredelcampo, Torres, Torres de Albanchez, Valdepeñas de Jaén, Vilches, Villacarrillo, Villanueva de la Reina, Villanueva del Arzobispo, Villares (Los) y Villarrodrigo.
 
– Málaga: Alcaucín, Alfarnate, Alfarnatejo, Alhaurín de la Torre, Alhaurín el Grande, Almogía, Alora, Alozaina, Alpandeire, Antequera, Ardales, Arriate, Benahavís, Benalmádena, Benaoján, Campillos, Canillas de Aceituno, Canillas de Albaida, Cañete la Real, Carratraca, Cartajima, Casarabonela, Casares, Coín, Colmenar, Cómpeta, Cortes de la Frontera, Cuevas del Becerro, Burgo (El), Estepona, Faraján, Frigiliana, Gaucín, Genalguacil, Guaro, Igualeja, Istán, Jimera de Líbar, Jubrique, Júzcar, Marbella, Mijas, Monda, Montejaque, Nerja, Ojén, Parauta, Periana, Pujerra, Ronda, Salares, Sedella, Teba, Tolox, Torremolinos, Valle de Abdalajís, Villanueva de la Concepción, Villanueva del Rosario, Villanueva del Trabuco y Yunquera.
 
Por su parte, las medidas de control contempladas son:
a) Eliminación con arma de fuego de ejemplares de cabra montés afectados por sarna.
 
b) Actuación cinegética aplicando criterios de gestión selectivos, de ejemplares de cabra montés para disminuir y equilibrar las poblaciones debido a que se trata de una enfermedad denso-dependiente.
 
c) Captura en vivo de ejemplares afectados por sarna, para su tratamiento y recuperación en los recintos de cuarentena de la Estación de Referencia de la Cabra Montés.
 
d) Captura en vivo de ejemplares sanos con destino a cercados reservorios de la Estación de Referencia de la Cabra Montés, para garantizar la pervivencia de la especie.
 
e) Toma de muestras de ejemplares capturados y posterior envío al Centro Andaluz de Análisis y Diagnóstico de la Fauna Silvestre, para su correspondiente investigación analítica, de acuerdo a los protocolos establecidos en el PVE de la cabra montés y en coordinación con el PACAM.
 
f) Realización de censos de las poblaciones de cabra montés existentes en las distintas provincias de nuestra Comunidad Autónoma, con objeto de evaluar la población existente en la actualidad y así poder estimar el porcentaje de animales infectados por la enfermedad y su evolución.
 
En cuanto a los procedimientos para aplicar el área de emergencia cinegética en los municipios afectados, la Resolución (que se adjunta al final de esta noticia) detalla todo el procedimiento para la autorización de las cacerías de gestión.
 
No obstante, la Federacion informa a todas las sociedades de cazadores interesadas en aplicar esta medida que pueden ponerse en contacto con el Servicio Técnico de su Delegación Provincial de la FAC, que les asesorará y realizará la gestiones pertinentes para la aplicación y puesta en marcha de la Emergencia Cinegética.
 
A continuación se adjunta la Resolución que declara el área de emergencia cinegética por sarna en la cara montés para su descarga.

 

Resolución que declara la Emergencia Cinegética por sarna en la Cabra Montés