TodoMonteria

 

Miércoles, 26 de Agosto de 2015

  • Un corzo atropellado. En principio, con la nueva ley, la responsabilidad recaería sobre el conductor, pero en este caso no es así

accidentes-trafico-3La Federación Extremeña de Caza se hace eco de un acontecimiento que ha tenido lugar recientemente en la provincia de Álava acerca de un accidente de caza, con el propósito de informar a los propietarios de cotos de Extremadura de que no siempre la responsabilidad recae sobre el conductor, como decreta la ley, por lo que recomienda un correcto asesoramiento y respaldo por parte de profesionales.

La modificación de la Ley estatal de Tráfico en marzo de 2014 trajo consigo una importante novedad a la actividad desarrollada dentro de los cotos de caza, que en los accidentes de tráfico ocasionados por el atropello de especies cinegéticas la responsabilidad pasaría a recaer con carácter general sobre el conductor del vehículo. Desde entonces, y aunque este último cumpla con todas las normas de circulación y seguridad vial, la responsabilidad en este tipo de siniestros sólo puede imputarse a un sujeto diferente si son consecuencia directa de una acción de caza colectiva de una especie de caza mayor -una batida- que se lleve a cabo el mismo día o hasta doce horas antes del accidente. También, si la vía pública en la que se produce la colisión no cuenta con una valla de cerramiento en buenas condiciones o una señalización específica de animales sueltos.

La primera demanda por daños en un accidente provocado por un animal de este tipo tras el citado cambio normativo fue a raíz de un suceso ocurrido el 7 de julio de 2014 en Soria. Un corzo invadió la calzada en la CL-116 y, tras el siniestro, la Justicia absolvió tanto a la Junta de Castilla y León como al dueño del terreno del pago de una indemnización al conductor.

El primer juicio celebrado en Álava con este nuevo escenario normativo tampoco tardó en llegar. Poco más de un mes después de este suceso, el 24 de agosto, un vehículo colisionó con un corzo que había salido de improviso a la calzada en la carretera A-4022 entre Vitoria y San Pantaleón de Losa. El ejemplar al que el conductor no pudo esquivar procedía del coto La Revilla y como consecuencia del siniestro se produjeron daños en su vehículo por valor de 1.328,92 euros, que fueron abonados por la aseguradora Axa, la parte demandante del caso. El coto no negó el accidente, pero sí se opuso a la demanda recordando que, con la nueva ley, la responsabilidad debería recaer sobre el conductor, salvo en los dos supuestos ya citados que aquí no se daban -batida o mala señalización-. La jueza del caso desestimó la denuncia presentada por Axa, una sentencia a la que han seguido otras en el mismo sentido.

Esto no quiere decir, no obstante, que todavía existan contradicciones jurídicas que pueden derivar en la “indefensión” de los propietarios de los cotos de caza, como acaba de sucederle al Club Deportivo Hornillo de Maeztu. Un juez ha condenado a este colectivo, adjudicatario del coto VI-10167, por los daños ocasionados sobre un vehículo tras un accidente en la A-132 provocado por el atropello de un corzo en época de rececho, modalidad que consiste en la búsqueda de un animal para darle caza con un acercamiento sigiloso al animal.

Pese a que, según explica Todor de Aguirre, presidente del Hornillo, el rececho “se practica a pie e interviene un único cazador que puede ir acompañado por un guarda que supervisa la cacería”, algo muy diferente a las batidas que marcan la excepción en la Ley de Tráfico, el magistrado ha condenado a su club y su compañía aseguradora, Zurich, al pago de 1.213,3 euros a Allianz Seguros, la firma con la que la conductora tenía contratada su póliza, por los daños ocasionados sobre su vehículo en este accidente. El coto tenía autorización para la caza de 15 corzos durante más de dos meses, fechas entre las que se produjo el accidente -10 de mayo, también de 2014-, mediante la modalidad de rececho, pero la “falta de reglamentación” específica de las normas autonómicas y forales han jugado en contra del coto.

“El coto adjudicado al club de caza contaba con 15 precintos para la caza del corzo. Esto significa que hasta 15 cazadores podían cazar en el precinto, puesto que era posible”, advierte el magistrado en su sentencia, dictada el 9 de junio y a la que ha tenido acceso DNA. “No es necesario que los cazadores vayan en grupo para entender que una acción de caza es colectiva. Basta con que un número importante de cazadores se encuentre en un mismo espacio o terreno destinado a la actividad cinegética desarrollando dicha actividad, aunque cada uno de los participantes esté cazando por su cuenta”, prosigue. Dado que el juez da por “probado” que en la fecha del accidente “intervino un número elevado de cazadores, entre los que se distribuyeron los precintos que la Diputación había asignado al coto”, condena a la aseguradora del Hornillo a hacerse cargo de los daños del coche.

De Aguirre, sorprendido y agraviado, exige tanto a la Diputación como al Gobierno Vasco que, mediante sus reglamentos correspondientes, “desarrollen unas normas que complementen y desarrollen la Ley de Caza actual y las órdenes forales que aluden a esta práctica, ya que en la actualidad pecan de insuficientes y ambiguas.

Fuente: Noticias de Álava